IDE inconstitucional
En relación al Impuesto a los Depósitos en Efectivo que inició su vigencia el pasado 01 de julio de 2008 se interpusieron numerosos amparos por considerarse inconstitucional.
En relación al Impuesto a los Depósitos en Efectivo que inició su vigencia el pasado 01 de julio de 2008 se interpusieron numerosos amparos por considerarse inconstitucional.
Se anunció por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la facilidad (¿?) de pagar en parcialidades los adeudos fiscales de impuestos retenidos o trasladados y sus accesorios del 2008 y anteriores.
A partir del 01 de enero de 2014 se adicionaron al código fiscal de la federación los artículos 69-C al 69-H, que regulan este medio optativo para llegar a acuerdos entre el contribuyente y la autoridad fiscal con la intervención de la PRODECON.
Muchos son los argumentos de defensa empleados para demostrar la Inconstitucionalidad del Impuesto Empresarial a Tasa Única de los cuales evidentemente la última palabra al respecto la tendrá nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El Ejecutivo y los Legisladores vuelven a quedar en deuda con el pueblo Mexicano al no haber hecho una verdadera Reforma Hacendaria que promueva la inversión, la generación de empleos y sobre todo una mejor distribución de la riqueza así como del destino del gasto público.
En el caso de Infonavit pretende dar cumplimiento al requisito de acreditar la competencia citando el Acuerdo Número 45175 publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de enero de 1999 sin que logre tal extremo, ya que el mismo resulta ilegal en función de varias situaciones.
Resulta ya incuestionable que las autoridades al momento de emitir una resolución están obligados a fundar y motivar sus resoluciones y deben hacerlo precisamente en el texto mismo del acto de molestia.
Es cierto que no existe una escuela formal sobre como formar una pareja o para ser padres y sin embargo la mayoría de las personas nos aventuramos a tener esta responsabilidad sin mayor conocimiento al respecto que la propia experiencia.
A primera vista este Programa parece sumamente benéfico para los empresarios ya que tienen la oportunidad de regularizar su situación en cuestión de pagos pendientes sin la carga tan onerosa de multas y gastos de ejecución, lo cual sí tiene un fuerte efecto en las finanzas de las empresas.
Suele la autoridad emitir una resolución determinando un crédito a cargo del contribuyente que incluye tanto contribuciones como accesorios; en mi opinión la resolución resulta ilegal por dos motivos.